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¿Es obligatorio el registro horario digital en 2026?

El registro de jornada es obligatorio en España desde 2019. El nuevo Real Decreto de registro horario digital todavía no está aprobado. Te contamos qué pide la ley hoy, qué propone el borrador y cómo prepararte sin esperar al BOE.

Actualizado:

¿Registro horario digital obligatorio en 2026?

¿Es obligatorio el registro horario digital? La respuesta corta es que todavía no. Hoy toda empresa debe llevar un registro diario de la jornada de cada persona trabajadora, en papel o en formato digital. El Gobierno prepara un Real Decreto que obligaría a hacerlo solo en formato digital, pero a la fecha de esta guía no se ha aprobado ni publicado en el BOE.

Resumen rápido

  • Hoy es obligatorio registrar cada día la hora de inicio y fin de la jornada y guardar los registros cuatro años.
  • El borrador del Real Decreto exigiría un registro digital, con cambios trazables y acceso remoto para la Inspección de Trabajo.
  • A 27 de octubre de 2026 el Real Decreto no está aprobado. El texto final puede cambiar.
  • Lo prudente es revisar ya cómo fichan tus equipos y dónde guardas los registros.

Qué exige hoy la ley sobre el registro de jornada

La empresa debe garantizar un registro diario de la jornada con la hora concreta de inicio y de fin de cada persona trabajadora, y conservarlo cuatro años.

La obligación está en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, que añadió el Real Decreto-ley 8/2019. Los registros deben estar a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La guía del Ministerio de Trabajo sobre el registro de jornada aclara varios puntos prácticos.

  • A quién se aplica. A toda la plantilla, sea cual sea el sector o el tamaño de la empresa. Incluye a quien trabaja en remoto o se desplaza. Queda fuera el personal de alta dirección.
  • Formato. La ley no fija un sistema concreto. Vale el papel, una herramienta digital o un sistema mixto, siempre que el registro sea fiable y no se pueda alterar después.
  • Pausas. La guía recomienda registrar también las pausas, para que no se presuma que todo el tiempo entre la entrada y la salida es tiempo de trabajo.
  • Quién decide el sistema. Primero el convenio colectivo o un acuerdo de empresa. Si no lo hay, la empresa lo decide tras consultar a la representación legal de las personas trabajadoras.
  • Tiempo parcial. Las personas con contrato a tiempo parcial ya tenían su propia obligación de registro, que sigue vigente.

Qué propone el Real Decreto de registro horario digital

Según el borrador sometido a consulta, estos son los cambios principales.

  • Solo digital. El registro en papel dejaría de servir.
  • Cambios trazables. Cualquier corrección de un fichaje tendría que quedar registrada.
  • Inicio, fin y pausas. Se registrarían la hora de inicio, la hora de fin y las pausas de cada jornada.
  • Presencial o en remoto. El registro se aplicaría igual a quien trabaja en el centro de trabajo y a quien trabaja a distancia.
  • Acceso remoto. La Inspección de Trabajo y la representación legal podrían consultar los registros a distancia.
  • Cuatro años. Los registros se seguirían conservando cuatro años.
  • Entrada en vigor. El borrador prevé que entre en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE.

Ten en cuenta que hablamos de un borrador. El texto que apruebe el Consejo de Ministros puede ser distinto, también en los plazos.

En qué punto está el Real Decreto

A fecha de la última comprobación, el 27 de octubre de 2026, el Real Decreto de registro horario digital no estaba aprobado ni publicado en el BOE.

Estos son los hitos conocidos.

  1. Octubre de 2025. El Ministerio de Trabajo somete el proyecto a consulta.
  2. Marzo de 2026. El Consejo de Estado emite un dictamen desfavorable.
  3. Después del dictamen. La aprobación se aplaza sin fecha cerrada.
  4. Octubre de 2026. El Gobierno dijo que esperaba aprobarlo a lo largo del mes. A la fecha de esta guía no consta su aprobación.

Si el Consejo de Ministros lo aprueba, la norma se publicará en el BOE y, según el borrador, entrará en vigor 20 días después.

Cómo preparar a tu empresa

Revisa ya cómo fichan tus equipos, cómo se corrigen los errores y dónde guardas los registros. Así no dependes de la fecha del BOE.

  1. Haz inventario. Anota qué sistema usa cada centro de trabajo hoy, sea papel, hoja de cálculo, terminal o app.
  2. Mira cómo se corrigen los fichajes. Si un fichaje olvidado se arregla a mano sin dejar rastro, revisa ese proceso. El borrador exigiría que cada corrección quede registrada.
  3. Registra las pausas. Si hoy solo registras entrada y salida, empieza a registrar también las pausas.
  4. Incluye a quien trabaja fuera. Comprueba que las personas en remoto o que se desplazan pueden fichar con la misma fiabilidad.
  5. Centraliza los registros. Guarda cuatro años de registros en un sitio al que puedas dar acceso cuando te lo pidan.
  6. Habla con la representación legal. Si hay que cambiar el sistema, la ley prevé negociarlo o consultarlo antes.
  7. Revisa el convenio colectivo. Puede fijar reglas sobre el registro, las pausas o la distribución de la jornada.

Lo que nos preguntan

¿Es obligatorio el registro horario digital en 2026?

A 27 de octubre de 2026, no. Lo obligatorio es el registro diario de la jornada, que hoy puede llevarse en papel o en formato digital. El registro solo digital llegará si se aprueba y publica el Real Decreto.

¿Cuándo entra en vigor el Real Decreto de registro horario?

No hay fecha. El borrador prevé que entre en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE, pero aún no se ha aprobado.

¿Cuánto tiempo hay que guardar el registro de jornada?

Cuatro años. Los registros deben estar a disposición de las personas trabajadoras, de su representación legal y de la Inspección de Trabajo.

¿Hay que registrar las pausas?

La ley vigente exige registrar el inicio y el fin de la jornada, y la guía del Ministerio recomienda registrar también las pausas. El borrador del Real Decreto las incluye en el registro.

¿Ya es ley la jornada de 37,5 horas?

No. La reducción de la jornada a 37,5 horas semanales no es ley, y el registro de jornada es una obligación distinta que ya existe.

¿Sirve una hoja de cálculo para el registro de jornada?

Hoy puede servir si el registro es fiable y no se altera después. Si el Real Decreto se aprueba como está en el borrador, el registro tendría que ser digital y con cambios trazables. Habrá que revisar el texto definitivo.

Cómo ayuda Givver

Givver es una plataforma de RRHH con control horario y cuadrantes de turnos para empresas con varios centros de trabajo.

Tus equipos fichan desde la app, desde la web, con un código QR en el centro o con un dispositivo compartido, donde esté configurado. Givver comprueba la ubicación al fichar, registra las pausas y muestra avisos de pausa. Los responsables corrigen fichajes olvidados y aprueban las horas desde la app o la web, y los registros quedan en la ficha de cada persona.

Si hacemos tus nóminas, las horas aprobadas llegan a la nómina sin hojas de cálculo. Si las lleva tu gestoría, exportas las horas aprobadas para ella.

Cumple el registro de jornada y está preparado para el registro horario digital.

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